Prohíben la venta de una marca de barbijos porque son falsos – Negocios & Política
 

También un aceite de oliva |Prohíben la venta de una marca de barbijos porque son falsos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización del dispositivo por encontrar copias "truchas".
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Mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Disposición 8606/2020 la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció la prohibición del "uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional, de todos los lotes del producto rotulado como: "SMED, BARBIJO TRICAPA SMS X25 VTA LIBRE, C/CLIP NASAL Y ELASTICO - PM 896-2. Distribuidor Exclusivo Soluciones de Logística Global S.A. Elaborado por Grupo Quality S.A., España 3475 San Martin DT Farm. Montenegro Natalia MN 12652".

La medida se tomó porque, según se desarrolla en los considerandos, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recibió una denuncia por parte de la firma STERILOX de Grupo Quality S.A., en la cual la responsable técnica, Farmacéutica Natalia Montenegro, daba cuenta de la falsificación de un producto médico de titularidad de la firma.

Asimismo se estableció que las etiquetas del producto falsificado difieren en cuanto a tamaño y calidad del papel. Además, según la responsable técnica de la firma, todos los barbijos registrados por Grupo Quality S.A. son procesados y esterilizados por ETO, con el indicador químico sobre su rótulo y que el producto se encuentra inscripto por la firma titular GRUPO QUALITY S.A.

A partir de esto, la empresa y la ANMAT explicaron que por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.

 

barbijos

 

La empresa radicó una denuncia penal que tramita ante la UFIJ N° 9 (Investigaciones Complejas) de Gral. San Martín, provincia de Buenos Aires y a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios.

Aceite

Por otro lado, en el mismo Boletín se publicó la Disposición 8605/2020 en la que se establece la prohibición de "la comercialización en todo el territorio nacional del producto: "Aceite de Oliva", marca "Olive Oil", IRNPA N° 13014196-3, IRNE N° 13000978, Naturales de Cuyo SA, Los Tilos 250 - Palmira Mendoza, por carecer de registro de RNE y RNPA y por consignar un RNPA inexistente y un RNE perteneciente a una razón social dada de baja, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal".

En los considerandos de la resolución de la Anmat se sostiene que "las actuaciones se iniciaron a raíz de una consulta de un consumidor en el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto que no cumplía la normativa alimentaria vigente". 

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